La Unidad de Información Financiera (UIF) es el organismo gubernamental encargado del análisis, tratamiento y difusión de información de inteligencia financiera para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y los delitos económicos-financieros complejos.
El organismo es encabezado por Juan Carlos Otero, y se desarrolla en torno al control, detección, investigación y sanción de este tipo de delitos con el fin de contribuir a reforzar el sistema y el resguardo del orden socio-económico.
¿Quiénes están obligados a informar ante la UIF?
Deben informar sobre sus movimientos financieros las personas humanas y jurídicas determinadas en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y modificatorias. A estos se los considera “sujetos obligados” y cada uno de ellos está regulado por una resolución específica que rige su actividad.
Se consideran sujetos obligados a:
¿Cómo registrarse?
El sujeto obligado deberá registrarse en UIF en virtud de lo normado en la Resolución UIF N° 50/2011 y sus modificatorias, que establece la obligatoriedad de registrarse en el Sistema de Reporte de Operaciones (SRO).
Para ingresar por primera vez deberá hacerlo mediante la página web de la Unidad, hacer click en el botón “Ir a sujetos obligados” , luego en el botón “Registrarse por primera vez” y allí seguir los pasos con las instrucciones de los formularios desplegables.
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Una vez ya inscripto, no es necesario volver a llenar el formulario, ya que solo se puede hacer una vez.
En el caso de las personas jurídicas, es necesario designar y registrar un oficial de cumplimiento titular y un suplente por si se produce una ausencia temporal o licencia del titular. De todos modos, este paso no es necesario al anotar a una persona física en el registro.
La habilitación del registro en la UIF se producirá dentro de los 7 a 10 días posteriores al ingreso de la documentación a esta Unidad, siempre que esta se encuentre completa y de acuerdo con lo normado en la Resolución UIF N° 50/2011 y modificatorias.
Si hubiere algún faltante en la documentación enviada, se le informará a través del sistema SRO y la registración quedará deshabilitada hasta que la entidad reciba la documentación solicitada. Cumplido ello, la persona en cuestión recibirá un mail de respuesta automática al correo de registración informado.
Fuente. https://es-us.vida-estilo.yahoo.com/uif-sirve-201734010.html