Lavado de Activos

2 febrero, 2021

¿Qué es LA?

El lavado de activos es el proceso mediante el cual organizaciones criminales buscan dar apariencia de legalidad a los recursos generados de sus actividades ilícitas. En términos prácticos, es el proceso de hacer que dinero sucio parezca limpio, haciendo que las organizaciones criminales o delincuentes puedan hacer uso de dichos recursos y en algunos casos obtener ganancias sobre los mismos.

Toda la información relacionada con este proyecto piloto puede ser consultado en el sitio web de la Superintendencia Financiera de Colombia a través del siguiente enlace Piloto laArenera SFC

Cuando una actividad criminal genera importantes ganancias, el individuo o grupo involucrado busca una forma de controlar los recursos sin llamar la atención sobre la actividad real o las personas involucradas. Los delincuentes hacen esto para ocultar las fuentes, cambiando la forma, o movilizando el dinero hacia un lugar donde es menos posible que llame la atención. 

Una persona que comete un delito, inicialmente intentará evitar que sus actividades sean detectadas por las autoridades judiciales, evitar los controles establecidos por las entidades que gestionan el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo o ser reportado a la UIAF. Si la persona es detenida o incluida en un proceso penal, ésta tratará de evitar que se demuestre el origen de los recursos producto del delito cometido y así evitar la extinción de dominio.

A su vez, cuando los delincuentes quieren utilizar el producto de su delito, se enfrentan a un dilema: cómo gastar o invertir grandes sumas de dinero sin dejar evidencia de una fuente ilegítima de ingresos, sin atraer la atención de las autoridades judiciales. Con el fin de poder utilizar el dinero abiertamente, los delincuentes tratan de asegurarse de que no exista un vínculo directo entre el producto de su delito y sus actividades ilegales. También puede tratar de construir una explicación plausible para un aparente origen legal del dinero que poseen. De esta manera, los delincuentes tratan de lavar sus ganancias de la delincuencia antes de gastar o invertir en la economía legal.

Es por esto que recurren a diferentes actividades ilícitas, las cuales son sancionadas en la legislación de los países, a través de diferentes delitos.

En Colombia, el delito de lavado de activos cuenta con 64 delitos subyacentes establecidos en el Artículo 323 del Código Penal. Para el ordenamiento legal colombiano es tipificado desde el punto de vista de quien “adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, almacene, conserve, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, tráfico de menores de edad, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas, tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas, delitos contra el sistema financiero, delitos contra la administración pública, contrabando, contrabando de hidrocarburos o sus derivados, fraude aduanero o favorecimiento y facilitación del contrabando, favorecimiento de contrabando de hidrocarburos o sus derivados, en cualquiera de sus formas, o vinculados con el producto de delitos ejecutados bajo concierto para delinquir, o les dé a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derecho sobre tales bienes, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, incurrirá (…).  La misma pena se aplicará cuando las conductas descritas en el inciso anterior se realicen sobre bienes cuya extinción de dominio haya sido declarada.

El lavado de activos será punible aun cuando las actividades de que provinieren los bienes, o los actos penados en los apartados anteriores, se hubiesen realizado, total o parcialmente, en el extranjero. Las penas privativas de la libertad se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando para la realización de las conductas se efectuaren operaciones de cambio o de comercio exterior, o se introdujeren mercancías al territorio nacional.”

Fuente.https://www.uiaf.gov.co/sistema_nacional_ala_cft/lavado_activos_financiacion_29271/lavado_activos