
Un llamado a modo de prevención fue formulado por el Gobierno a los clubes de fútbol para evitar el lavado de activos en Colombia.
Una circular del Ministerio de Deportedirigida a los clubes deportivos profesionales de fútbol colombianos los insta a implementar controles que conduzcan a reglamentar la máxima cantidad de dinero en efectivo que tendrían la posibilidad de administrar con clientes, personas naturales o jurídicas con las cuales las organizaciones deportivas tengan vinculación.
La advertencia del Gobierno Nacional está fundamentada en la Circular Externa 005 del 4 de noviembre de 2016 y sus modificaciones según la cual a las sociedades anónimas, corporaciones y/o asociaciones les asiste la obligación de implementar y mantener de manera permanente un Sistema Integral para la Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo(Siplaft), para este caso se refieren a los clubes profesionales organizados.
Solicitamos a los clubes utilizar los medios de pago que ofrecen las diferentes instituciones financieras, así como también controlar las entradas o salidas de recursos a través de las cuentas bancarias oficiales de cada club deportivo profesional.
Dayanna Merizalde, funcionaria del Ministerio del Deporte
Según la directora de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Deporte, Dayanna Merizalde, en los clubes de fútbol “tendrán que ser más rigurosas las medidas de prevención y control, ya que, al manejar grandes sumas de dinero, existe una mayor vulnerabilidad de filtración de recursos provenientes de actividades ilícitas”.
Para algunos especialistas el trasfondo de esta advertencia radica en el tradicional manejo de dinero en efectivo por parte de los equipos de fútbol, que va desde los pagos de salarios millonarios a futbolistas, por fuera de la nómina declarada, el pago a proveedores, hasta el dinero en efectivo proveniente de boletería.
Así mismo, dice el Ministerio de Deporte, la administración de los clubes deportivos profesionales, deben tener el estricto control de quien o quienes “son las personas autorizadas, o tengan en sus funciones la de realizar diferentes diligencias que impliquen el tránsito de dinero, situación que genera un nivel mayor de exposición y riesgo”.
Para tal fin, dice la entidad rectora del deporte colombiano, que los clubes deportivos deben tener en cuenta esa condición del trabajador al momento de hacer la clasificación del mismo frente a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
Las restricciones en materia tributaria
El Ministerio de Deporte también advirtió que otro aspecto relacionado con la administración de pagos en efectivo es el relacionado con las restricciones en materia tributaria.
Dice el organismo que para la aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables solo serán tenidos en cuenta los pagos en efectivo hechos por los contribuyentes o responsables.
El menor valor entre el cuarenta por ciento de lo pagado, que en todo caso no podrá superar de cuarenta mil (40.000) UVT, y el treinta y cinco por ciento (35 %) de los costos y deducciones totales.
Ministerio de Deporte
Argumenta el Gobierno Nacional que este llamado está motivado en la prevencióntanto para la protección de cualquier intento de filtración de dinero o lavado de activos como para que los clubes eviten asumir cargas impositivas adicionales derivadas de la falta de control y monitoreo de pagos en efectivo en el ámbito tributario.
Proliferación de monedas virtuales
El creciente fenómeno de las transacciones en activos virtuales, como criptomonedas, es una preocupación para el Ministerio del Deporte.
Es importante tener en cuenta que este tipo de activos no son emitidos por una autoridad central, por lo cual no serían considerados como una moneda de curso legal y no contarían con un respaldo o la participación de los bancos centrales.
Dayanna Merizalde, funcionaria del Ministerio del Deporte
Encuentran también que otro riesgo en este tipo de activos es la volatilidad de precios, lo que generaría ganancias o pérdidas significativas en cualquier periodo de tiempo, la vulnerabilidad en el desvío de estos recursos, o ataques cibernéticos.
En este sentido, y aunado a la falta de regulación, la recomendación del Ministerio del Deporte es abstenerse de efectuar este tipo de operaciones entendiendo el peligro que esto representa para la estabilidad y normal funcionamiento de los clubes deportivos profesionales.