
A partir del próximo enero será obligatorio declarar las criptomonedas y resto de monedas virtuales que se tengan en el extranjero. El Consejo de Ministros del 5 de abril aprobó el Real Decreto 249/2023, que incluye modificaciones en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Los contribuyentes tendrán disponibles tres nuevos modelos para hacerlo, algo que quienes posean monedas virtuales deberán repetir en el primer mes de cada año.
Los modelos son los siguientes: el 172, “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales”; el 173, “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”; y el 721, “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”: y que afecta a residentes fiscales en España que, sin embargo, posean criptomonedas en el extranjero.
Estos modelos de declaración pueden remitirse a la Agencia Tributaria telemáticamente, que recuerda que los tenedores de monedas virtuales están obligados, bajo riesgo de multa, de estar al tanto de cualquier tipo de novedad fiscal y regulatoria que pueda producirse con respecto a este tipo de activos, especialmente vigilados dentro de las medidas de lucha contra el fraude fiscal implementadas por Hacienda.