Negreira niega haber blanqueado capitales con los 7,6 millones que cobró del FC Barcelona

23 noviembre, 2023
José María Enríquez Negreira y su hijo Javier Enríquez. | Archivo

LD ha tenido acceso al recurso presentado por la defensa de Enríquez Negreira contra el auto del juez que acordó la apertura de una pieza separada.

El ex vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira, ha negado haber cometido un supuesto delito de blanqueo de capitales con los 7,6 millones de euros que recibió del F.C. Barcelona.

En un escrito, al que ha tenido acceso Libertad Digital, remitido al titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona Joaquín Aguirre, la defensa de Enríquez Negreira recurre el auto del juez que acordó la apertura de una pieza separada sobre el presunto delito de blanqueo de capitales cometido por el ex vicepresidente del CTA y su hijo, así como la intermediación de TRESEP, SL y otras entidades mercantiles relacionadas con ella.

Según la defensa de Enríquez Negreira, “el Auto recurrido diferencia tres bloques fácticos: 1) Los pagos efectuados por el FCB a DASNIL 95 SL, NISALD SCP y SOCCERCAM SL.; 2) Todo lo relacionado con TRESEP 2014, SL; y 3) Todo lo relacionado con el destino dado por “la familia Enríquez” al dinero recibido del FCB. Salvo error de comprensión de esta parte, se argumenta en la resolución que de los hechos relativos a los bloques 2) y 3) podría inferirse la comisión de un delito de blanqueo de capitales y que, además, esos hechos y ese presunto delito no estaría en conexidad con las hechos y tipicidades relacionadas con el bloque 1)”.

“Entiende esta parte que no existen indicios de un delito de blanqueo de capitales en relación a los movimientos dinerarios efectuados en el seno de DASNIL y NILSAD. Aun admitiendo a modo de hipótesis que la facturación al FCB por parte de las sociedades de mi representado fuera ilícita (ya sea constitutiva de un delito de administración desleal, ya sea de un delito de corrupción entre particulares en el ámbito deportivo), no se alcanza a comprender por qué el mero reintegro de esas cantidades constituiría un delito de blanqueo de capitales y no integraría mera fase de agotamiento del presunto delito (ya sea administración desleal o ya sea corrupción entre particulares), máxime cuando no consta el destino de ese dinero”, añade.

“En cualquiera de los casos no compartimos la ausencia de conexidad que se predica entre unos y otros hechos de los tres bloques artificialmente diferenciados ni, mucho menos, la afirmación consistente en que su enjuiciamiento separado no puede dar lugar a resoluciones contradictorias. Por supuesto el destino de esos fondos reintegrados de DASNIL y NILSAD está íntimamente ligado con las tipicidades que vienen atribuyéndose (administración desleal y corrupción entre particulares en el ámbito deportivo) y las acusaciones deberían tener también interés en dilucidar esos hechos conjuntamente (y poder participar en toda la investigación, pues entendemos que más allá del Ministerio Fiscal las otras acusaciones no tendrían legitimación procesal para ser parte en dicha pieza de blanqueo de capitales)”, destaca.

Sobre el blanqueo imputado a su hijo

El recurso de Enríquez Negreira también se refiere a la imputación de blanqueo de capitales a su hijo Javier Enríquez: “Entiende esta parte que, sin entrar en el debate de si existen o no indicios de un delito de blanqueo de capitales en relación a los cobros efectuados por TRESEP, S.L. y los movimientos de los fondos que llevo a cabo ésta, en cualquier caso ninguna evidencia existe de que José María Enríquez Negreira hubiera tenido participación en esos concretos hechos“.

“Según consta en las actuaciones, la mercantil que emitió facturas a TRESEP S.L. fue SOCCERCAM, en la que mi representado no tenía ninguna participación societaria o fáctica. Ninguna de las diligencias practicadas hasta el momento ha evidenciado que mi representado hubiera tenido participación en lo relativo a la facturación SOCCERCAM>TRESEP>FCB, ni en los movimientos de fondos que posteriormente haya realizado TRESEP, La alusión que se efectúa en el auto recurrido a la ‘familia Enríquez’, sin diferenciar de manera autónoma la conducta del padre y del hijo, entendemos que es propia de un derecho penal de autor y contraria al más elemental principio de nuestro sistema penal, que castiga únicamente el hecho propio”, apunta.

“En definitiva, ningún indicio existe de la participación de José María Enríquez Negreira en relación a ‘las comisiones cobradas por TRESEP SL y entidades vinculadas a Contreras por intermediar entre Javier Enríquez Romero y el FCBarcelona’”, concluye..

Fuente. https://www-libertaddigital-com.cdn.ampproject.org/v/s/www.libertaddigital.com/deportes/futbol/2023-11-21/negreira-niega-blanqueo-capitales-76-millones-cobro-barcelona-7072308/amp.html?amp_js_v=0.1#webview=1&cap=swipe